El Ayuntamiento de Barcelona, a través de Barcelona Activa, lanza una convocatoria de ayudas para autónom@s con el objetivo de aligerar la carga de gastos que ha de asumir durante el primer año de actividad.
La cuantía de la subvención se calculará según los gastos justificados en el momento de la solicitud (IVA no incluido), a nombre de un/a único/a solicitante, y con los máximos otorgables según la edad en la fecha de inicio de la actividad.
* 3.600 € para persones de 31 a 39 años.
* 4.000 € en caso de tener una edad igual o inferior a 30 años, o igual o superior a 40.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
* Cuotas de la Seguridad Social.
* Impuestos relacionados con el inicio de la actividad económica y el primer establecimiento.
* Gastos de gestoría y asesoramiento.
* Alquileres de locales o despachos afectados fiscalmente por la actividad.
* Alquileres de espacios de coworking y/o servicios prestados por estos establecimientos en relación a la actividad profesional.
QUIÉN PUEDE PEDIR ESTA SUBVENCIÓN?
Todas las persones empadronadas en la ciudad de Barcelona que hayan iniciado una nueva actividad económica como:
* Trabajadores y trabajadoras autónomas (empresari@s individuales).
* Nuevas personas soci@s de cooperativas de trabajo asociado.
REQUISITOS:
* Haber iniciado una nueva actividad económica a partir del día 1 de diciembre de 2016.
* Alta fiscal en la ciudad de Barcelona como empresarios o empresarias individuales.
* Empadronamiento en la ciudad de Barcelona como mínimo tres meses antes del alta fiscal.
* Encontrase en situación de paro antes del inicio de la actividad.
* No haber constado en el RETA por la misma actividad en el año anterior a la fecha de alta.
* Estar al corriente de las obligaciones tributarias.