AYUDAS PARA EL PAGO DE DEUDAS GENERADAS POR EL COVID

AYUDAS PARA EL PAGO DE DEUDAS GENERADAS POR EL COVID

El próximo  21 de junio, la Generalitat de Catalunya inicia el periodo de inscripción para las Ayudas de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la Covid19; cuyo plazo finaliza el 30 de junio.

La finalidad es satisfacer la deuda de proveedores y acreedores pendientes de pago que se hayan contraído entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021. El orden prioritario es:

1.      Deudas con proveedores

2.     Deudas financieras, priorizando acreedores bancarios y sobre todo si el crédito tiene un aval público.

3.      Costes fijos

 


 

Pueden optar a esta ayuda personas empresarias o profesionales y empresas que realicen alguna de las actividades económicas incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) que se encuentran en el listado de la orden.

 

Requisitos Generales:

 

Tener una deuda pendiente con proveedores o acreedores, financieros o no, costes fijos incurridos igual o superior a 4.000€ que estén pendientes de pago a 31/05/2021, cuya deuda se haya generado entre el 01/03/2020 y el 31/05/2021.

Tener un descenso igual o mayor del 30% en 2020 respecto al 2019 del volumen de operaciones anual.

– Tener domicilio fiscal en Catalunya.

– Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

– Mantener la actividad hasta junio de 2022.

– No se pueden repartir dividendos durante 2021 y 2022 (en el caso de sociedades).

– No se podrán incrementar las retribuciones salariares de la alta dirección durante un periodo de 2 años (en el caso de sociedades).

 

Exclusiones:

 

Profesionales o empresarios que tributen por estimación directa que hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas en la declaración de la Renta del ejercicio 2019.

Sociedades que tributen por el Impuesto de Sociedades o quiénes tributen por el Impuesto sobre la Renta de no residentes en el ejercicio 2019 y cuyo resultado de la base imponible antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de las bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, sea negativa.

Para más información pueden consultar la web.

 Infografía. 

En caso de estar interesado en solicitar estas ayudas, puedes ponerte en contacto con nosotros