En ocasiones, ya sea por errores o por falta de liquidez y otras causas, han de presentarse declaraciones fuera de plazo o complementarias.
Estas declaraciones fuera de plazo, en caso de salir a ingresar conllevan unos recargos, que han variado tras la publicación en junio de 2021 de la ley 11/2021.
La anterior normativa en materia de recargos establecía unos porcentajes crecientes trimestralmente, además de los intereses de demora al transcurrir los 12 meses y un día de retraso.
Con la entrada en vigor de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal los recargos cambian.
Os lo explicamos a continuación.
Se modifica el sistema de recargos por extemporaneidad a la aplicación del 1% por cada mes completo de retraso hasta los 12 primeros meses. A partir del siguiente día transcurridos los 12 meses, el recargo aumenta a un 15% más intereses de demora.
La comparativa con la anterior normativa es la siguiente:
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Recargo anterior | Recargo Ley 11/2021 |
1r mes |
5% |
1% |
2o mes |
2% |
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3 r mes |
3% |
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4o mes |
10% |
4% |
5o mes |
5% |
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6o mes |
6% |
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7o mes |
15% |
7% |
8o mes |
8% |
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9o mes |
9% |
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10o mes |
10% |
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11o mes |
11% |
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12o mes |
12% |
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12 meses y un día | 20% + intereses de demora |
15% + intereses de demora |
Los intereses de demora se calculan en base a la deuda adquirida por el contribuyente, y mediante el porcentaje que se establece en los Presupuestos Generales del Estado, que es un 3,75% para 2021.
Debe recordarse que sobre los recargos se podrá aplicar una reducción del 25% del importe del recargo en caso de pago y conformidad con el mismo.
Desde AGL aconsejamos la presentación de declaraciones complementarias en caso de detectar errores en la presentación de las declaraciones y evitar sanciones superiores.
Para cualquier consulta podéis contactar con nosotros.