Se ha publicado en el BOE la confirmación del aplazamiento de entrada en vigor del sistema Verifactu.
Este es el texto publicado:
«Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos. El presente real decreto y el reglamento entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. No obstante, los obligados tributarios a que se refiere el artículo 3.1.a) deberán tener adaptados los sistemas informáticos a las características y requisitos establecidos en este reglamento y en su normativa de desarrollo antes del 1 de enero de 2027. El resto de obligados tributarios mencionados en el artículo 3.1 deberán tener operativos los citados sistemas informáticos antes del 1 de julio de 2027.
En consecuencia, para aquellos de vosotros que no tengáis adaptado el sistema informático se pospone un año la fecha límite a enero de 2027 para sociedades y para julio de 2027 para autónomos.
Si ya estáis adaptados o en proceso de adaptación, nuestro consejo sería seguir adelante con Verifactu antes de la entrada en vigor definitiva, para ir comprobando con tiempo suficiente que todo funciona correctamente.
Os seguiremos informando si la Agencia Tributaria emite algún comunicado sobre el aplazamiento de la entrada en vigor.
Para cualquier consulta podéis contactar con nuestro Departamento Fiscal
