CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO EN CATALUNYA. DEPÓSITO DE LA FIANZA

CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO EN CATALUNYA. DEPÓSITO DE LA FIANZA

Cuando se suscribe un contrato de arrendamiento en Catalunya es obligatorio el depósito de la fianza en el Institut Català del Sòl (INCASÒL)

El plazo máximo para depositar la fianza es de dos meses a contar desde la fecha del contrato de alquiler (no obstante, los contratos formalizados a partir del 23 de abril y hasta el 31 de diciembre de 2020 disponen de cuatro meses para depositar la fianza). Transcurrido este plazo, se aplican los siguientes recargos sobre el importe de la fianza legal:

  • 5% si no se superan los 3 meses de demora
  • 10% entre 3 y 6 meses
  • 15% entre 6 y 12 meses
  • 20% si supera los 12 meses más los intereses de demora

El importe a ingresar es una mensualidad de la renta del alquiler en el caso de ser una vivienda, destinada a domicilio habitual y permanente de la parte arrendataria. En el caso de ser una finca destinada a uso diferente al de vivienda, incluida la vivienda por temporada, el importe a ingresar es de dos mensualidades de la renta del alquiler.

En el caso de que se pacten garantías adicionales a la fianza (actualmente limitadas a dos mensualidades de renta en el caso de vivienda), estas no tienen que depositarse ante el INCASÒL.

Para efectuar el trámite, únicamente se debe aportar una copia del contrato de arrendamiento con todas sus cláusulas y anexos. No es necesario aportar el certificado de eficiencia energética y la cedula de habitabilidad, aunque el propietario debe disponer de ellos y facilitar una copia al arrendatario.

Una vez concluido el contrato, el importe de la fianza que la parte arrendadora tuviera que devolver a la parte arrendataria, devengará el interés legal transcurrido un mes desde la fecha de entrega de llaves, si en este periodo no ha sido devuelta a la parte arrendataria. En este sentido, el INCASÒL dispone de un plazo de 21 días para devolver la fianza depositada, desde la fecha de solicitud de la devolución o desde la fecha de extinción del contrato (si ésta fuera posterior).

Si quieres que tramitemos el depósito a través de AGL, te puedes poner en contacto con nosotros. Nuestros honorarios 90 euros + IVA, aparte del importe de la fianza a depositar.