CRÓNICA DEL DÍA DESPUÉS A LAS MEDIDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO

CRÓNICA DEL DÍA DESPUÉS A LAS MEDIDAS ECONÓMICAS DEL GOBIERNO

Confiando en primer lugar que todos bien de salud, desde AGL os queremos explicar la situación de las empresas y los autónomos tras las medidas dictadas por el Gobierno.

Desde primera hora de la mañana del miércoles (o antes) nos han llegado consultas sobre su aplicación, que os explicamos a continuación.

Con ello os podréis hacer una idea de lo que está ocurriendo a nuestros clientes y cuáles son sus preguntas o inquietudes.

 


EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO

Por desgracia, estamos preparando expedientes de regulación de empleo de varios de nuestros clientes, tanto los que fueron obligados al cierre de establecimientos (bares, restaurantes, peluquerías), que se tramitan por una vía más rápida (ERTE por fuerza mayor), como otros casos obligados en la práctica al cierre dada la situación (empresas de construcción p.e.) que no pueden trabajar por diversas causas (cese de obras por orden de los ayuntamientos o los clientes, falta de suministro de materiales), etc. En este caso el procedimiento no es tan automático y hay que preparar una memoria explicativa de las causas del cierre.

En la gran mayoría de casos nuestros clientes están planteando un ERTE mientras dure la situación de excepcionalidad, con intención de volver a reincorporar la totalidad de la plantilla en ese momento. De esa manera, y en los casos en que se trate de un ERTE por fuerza mayor, se podrán acoger a la exención en el pago de cuotas de Seguridad Social de los trabajadores afectados en el caso de empresas que facturan menos de 6 millones de euros, la gran mayoría de nuestros clientes. En los ERTEs que no sean por fuerza mayor no se aplicará la exención de pagos de cuotas de la Seguridad Social. 

En caso de aprobarse el ERTE, los trabajadores pasarán a cobrar el paro a partir de la fecha de efectos del ERTE (14 de marzo en casos de fuerza mayor por el coronavirus). El problema en la actualidad es la dificultad para saber cuando cobrarán los trabajadores del paro, si ya a partir del día 10 de abril o si el sistema puede llegar a colapsarse en los próximos días con el número de ERTE que se están tramitando. También hay que ver qué sistemas “a distancia” se adoptan para poder solicitar el paro o si se realiza de forma automática por la Administración.

Os mantendremos informados al respecto por si tenéis que informar al respecto a los trabajadores o tenéis algún conocido en esta situación.

 


AUTÓNOM@S

Nuestros clientes autónomos nos preguntan básicamente por dos cuestiones:

*     Ayudas por prestación económica por cese de actividad (paro de autónomos), que es aplicable por el cierre de establecimientos obligados a ello, por ley o por falta de clientes o suministros. En este caso la solicitud se hace a través de la Mutua, si bien existen dudas sobre su aplicación y tramitación, que iremos resolviendo conforme las Mutuas vayan estableciendo criterios claros. Además, no quedan claros si determinados supuestos están incluidos en esta prestación (p.e. autónomos societarios) y como se computa la bajada de ingresos del 75% a efectos de poder tener derecho a la prestación. Os mantendremos informados al respecto.

 

*     Ayudas previstas para autónomos por la Generalitat: se han establecido unas ayudas para determinados supuestos pero su tramitación y presentación no se iniciará hasta el día 1 de abril, ya que hay que demostrar la pérdida de ingresos de marzo de 2020 respecto a marzo de 2019. Además, debe tenerse presente que tiene una partida presupuestaria limitada (solo para 4.500 autónomos aprox.) y que se desconoce en estos momentos cuando se cobrará.

Os informaremos con más detalle sobre estas dos ayudas en otro post, en cuanto vayan habiendo novedades.

Respecto a la posibilidad de dejar de pagar las cuotas de autónomos por el momento no se ha establecido ningún supuesto de exención o suspensión del pago, aparte del caso de la prestación por cese de actividad.

 


PROBLEMAS DE LIQUIDEZ

Se están habilitando líneas de financiación a través del ICO para autónomos y empresas. En este caso la tramitación se realiza directamente a través de la entidad bancaria, con la garantía del Estado. En consecuencia, aconsejamos que os dirijáis directamente a vuestras entidades bancarias.

Paralelamente os recordamos la posibilidad de solicitar aplazamiento de IVA, hasta 30.000€, y de IRPF entre otros para las empresas que facturan menos de 6 millones de euros. Hay que recordar que para ello hay que estar al corriente de obligaciones tributarias, por lo que sería conveniente pedir durante este marzo un certificado para verificar que todo está correcto y no hay ninguna deuda con la Agencia Tributaria.

Os seguiremos informando de las novedades que vayan surgiendo.