CUARTA SEMANA DE CONFINAMIENTO. OS EXPLICAMOS COMO LO VEMOS DESDE AGL

CUARTA SEMANA DE CONFINAMIENTO. OS EXPLICAMOS COMO LO VEMOS DESDE AGL

Van pasando las semanas, entramos ya en la cuarta de confinamiento, con una mejora en la famosa curva, la prórroga del confinamiento dos semanas más y la vuelta a la actividad la próxima semana de algunas actividades no esenciales.

Os explicamos como vemos desde AGL la situación para el mes de abril, como están los ERTES presentados y el estado de las ayudas para autónomos y empresas.

 


 

Si marzo y principios de abril han estado marcados por la crisis sanitaria que ha golpeado a todo el mundo y especialmente a nuestro país, la previsión es que progresivamente habrá una mejora en cuanto al número de contagios, que irá desplazando poco a poco el foco de interés a la situación económica.

Las diferentes opciones de recuperación de la economía están simbolizadas por 4 letras:

V: caída brusca de la actividad con una recuperación rápida de la misma.

U: caída brusca de la actividad con una recuperación paulatina de la actividad.

L: caída brusca de la actividad con una recuperación a más largo plazo.

W: caída brusca de la actividad con recaídas, por nuevos brotes del Coronavirus.

La incógnita es saber en estos momentos en qué situación nos encontraremos en unos meses. Será complicada la recuperación en V, dado que ha sido una caída muy brusca de la actividad, que tendrá repercusión en posibles impagos, falta de financiación de las empresas y caída de la actividad en algunos sectores como el turismo y la hostelería. Probablemente nos moveremos entre una recuperación en U o en L, más alargada, pero hasta dentro de unas semanas o meses no sabremos el coste económico del confinamiento. Por ello la necesidad de controlar la tesorería y dar prioridad a la liquidez.

Mientras tenemos que seguir el día a día; para que tengáis una idea de la situación vista desde AGL os explicamos como se están tramitando los ERTEs y las ayudas a autónomos.

 


 

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO

 

Hemos presentado Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, en su mayoría por Fuerza Mayor, para cerca de una tercera parte de nuestros clientes con trabajadores. De ellos apenas han sido aprobados unos pocos, quedando pendiente de resolución la gran mayoría de ellos, pese a haberse presentado muchos hace más de dos semanas. El silencio positivo en caso de ERTEs por fuerza mayor, que supone su aprobación implícita tras un plazo de cinco días sin contestación, se ha visto interrumpida en algunos casos por requerimientos “argucia”, simplemente para dilatar los plazos que tiene la Administración para contestar. No obstante, prevemos que la gran mayoría de ellos serán aceptados, si bien en algunos casos que la fuerza mayor es más discutible podría ser rechazados. En este caso se tendría que volver a presentar un ERTE por otras causas, básicamente económicas o de producción, pero sin efectos retroactivos.

Paralelamente tenemos otros expedientes ya presentados o que se están analizando de empresas que quieren solicitar el ERTE por causas diferentes a la fuerza mayor, debiendo en este caso tramitarlo por un procedimiento más complejo.

De acuerdo con las instrucciones de la Administración la semana pasada se comunicó al SEPE los datos de los trabajadores afectados por el ERTE, de cara al cobro de la prestación de desempleo. Lo que no podemos confirmar a día de hoy, dada la avalancha de solicitudes de esta prestación y la falta de resolución de los ERTEs, es si los trabajadores cobrarán el día 10 de abril, lo que vemos bastante improbable, o cobrarán más adelante. Las empresas deberán informar a los trabajadores y valorar si en casos de necesidad adelantan ese pago del paro a los trabajadores mientras ellos no reciban la prestación.

Por otra parte, cabe recordar la posibilidad de solicitar antes del 10 de abril el aplazamiento a seis meses, con el 0,5% de interés, de la cuota del mes de marzo para las empresas en ERTE. Las empresas que no estén en ERTE pueden también solicitar este aplazamiento en las mismas fechas.

Asimismo, las empresas en ERTE podrán solicitar en los próximos días la exoneración o bonificación en las cuotas de Seguridad Social en función de su volumen de facturación. Lo tramitaremos desde AGL para los clientes afectados.

Respecto a las empresas acogidas el régimen especial de ERTEs derivados del Covid-19, debe recordarse que el período del ERTE finaliza cuando acabe el Estado de Alarma; en este momento habrá que valorar si mantener la plantilla o solicitar un nuevo ERTE, por otras causas diferentes a la fuerza mayor, hasta que la situación se normalice. Dicho expediente tiene una mayor complejidad que el ERTE por causas de fuerza mayor y deberá ser convenientemente documentado.

 


 

AUTÓNOMOS

 

Desde AGL estamos tramitando la prestación por cese de actividad de nuestros clientes autónomos, tanto para aquellos afectados por el cierre de locales según Real Decreto como para aquellos que han visto disminuida su facturación más del 75% en marzo respecto a los seis meses anteriores. En caso de estar en alguna de estas situaciones y no estar tramitando la prestación por cese de actividad, deberías ponerte en contacto con nosotros.

Como ocurre en el caso de los ERTEs, las mutuas también están colapsadas por estas solicitudes de prestaciones y las están resolviendo poco a poco, si bien ya tenemos algunas contestaciones favorables; en la mayoría de casos, los clientes reciben unos 550 euros al mes y dejan de pagar las cuotas de autónomos.

Respecto a las ayudas de la Generalitat para autónomos debe recordarse que son solo para determinadas actividades obligadas al cierre y que son incompatibles con la prestación por cese de actividad, por lo que en la práctica son de difícil aplicación.

Conviene recordar que los autónomos pueden solicitar el aplazamiento a seis meses de las cuotas de autónomos antes del día 10 de abril, si bien no lo aconsejamos salvo casos de necesidad.

Finalmente reiterar la posibilidad que tienen las empresas que facturan menos de seis millones de euros de pedir aplazamiento de las declaraciones a presentar este mes de abril, hasta un importe máximo total de 30.000 euros, pudiéndose aplazar incluso las retenciones de IRPF (modelos 111 y 115), que en otras circunstancias son inaplazables.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta que os pueda surgir sobre estos temas, confiando en una paulatina vuelta a la normalidad a partir de la semana que viene, salvo en los casos obligados de cierre de locales.