DIFICULTADES EN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS ECONÓMICAS

DIFICULTADES EN LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS ECONÓMICAS

Días complicados para todos. El confinamiento alargado dos semanas más y desde AGL haciendo todo lo posible durante el fin de semana para presentar a la mayor brevedad los expedientes de regulación de empleo temporal que tenemos encima de la mesa y resolviendo las consultas que nos vais planteando, especialmente sobre las ayudas de la Administración.

A continuación os explicamos las dificultades y temas pendientes de resolución en la presentación de los ERTE y prestaciones por cese de actividad de autónomos.


 

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO

 

Hemos presentado ERTEs por fuerza mayor para varios clientes, principalmente del sector de la restauración y comercio menor, obligados al cierre de sus locales. Estamos a la espera de que la autoridad competente los acepte en cuyo caso la situación sería la siguiente:

– La empresa deja de pagar la nómina al trabajador desde la fecha de efectos del ERTE, el día 14 de marzo en la mayoría de casos, fecha en la que se decretó el cierre de locales.

– A partir de esa fecha el trabajador deja de cobrar de la empresa y pasa a cobrar la prestación de desempleo por el 70% de su base reguladora durante el período que dure el ERTE. A día de hoy todavía está pendiente de resolver por parte de la Administración quien debe realizar la comunicación a la oficina del paro sobre la solicitud de la prestación, si la empresa o el propio trabajador dada la imposibilidad de trasladarse a las oficinas del paro. Esta semana se fijarán los criterios, de los que os informaremos puntualmente. Lo que queda pendiente de ver es si el día 10 de abril ya empezarán a cobrar por los días en paro en marzo.

– Las empresas acogidas al ERTE y con menos de 50 trabajadores pueden solicitar la exención del pago de Seguros Sociales de los trabajadores afectados y por el período que dure el ERTE, con la condición de mantenimiento de plantilla en los seis meses posteriores.

Además de estos ERTEs estamos tramitando otros por causas relacionados con el coronavirus, pero que no son considerados fuerza mayor (p.e. bajada de ingresos por la situación actual); en ocasiones no es fácil decidir si la causa es por fuerza mayor o no, ya que en última instancia queda a criterio de la Administración. Es importante poder defender que se trata de un ERTE por fuerza mayor por tres razones: el procedimiento es más sencillo, puede tener efectos retroactivos desde el día 14 de marzo y la empresa se puede acoger a la exención en el pago de Seguros Sociales.

En los próximos días iremos viendo donde pone el listón la Administración en los ERTEs que se pueden considerar fuerza mayor y los que no; son entre otros los ERTEs relacionados con el sector de la construcción, en los que la dificultad de movilidad o falta de suministro nos lleva a defender la causa de fuerza mayor, si bien cada caso hay que analizarlo.

 


 

AUTÓNOMOS

 

En estos momentos estamos a la espera de si finalmente mañana el Gobierno adopta nuevas medidas como el aplazamiento o exención en el pago de cuotas de autónomos para determinados casos o con carácter más general. a partir del mes de marzo.

Asimismo, estamos a la espera por parte del Gobierno y de las mutuas de confirmar si los autónomos societarios pueden solicitar la prestación por cese de actividad; debe recordarse que no deben darse de baja la actividad en Hacienda o Seguridad Social para acceder a esta prestación.

A día de hoy las diferentes mutuas están trabajando con diferentes formularios para la tramitación de la prestación por cese de actividad; sería aconsejable una unificación de los mismos, así como de los criterios para tener derecho a la prestación en los casos en que se solicita por disminución del 75% de los ingresos o rendimiento en marzo respecto a la media de los seis últimos meses.

Nuestro consejo es esperar al martes/miércoles para tramitar esta prestación en caso de tener derecho a ella.

Respecto a las ayudas previstas para autónomos por la Generalitat, debe recordarse que solo son aplicables para los sectores cuyos locales fueron obligados al cierre. La tramitación no puede iniciarse hasta uno de abril. Iremos comprobando los clientes que podéis tener acceso a la misma, teniendo en cuenta que es una ayuda limitada a unos 4.500 autónomos en toda Catalunya. En este caso no se pueden beneficiar los autónomos societarios.

Por último, es importante en estos momentos estar atentos a las posibles líneas de financiación que a través del ICO irán lanzando las diferentes entidades bancarias. La liquidez en estos momentos es una de las prioridades que han de tener las empresas en estos momentos y solicitar un préstamo con la garantía total o parcial del Estado puede ser muy aconsejable pensando en unas semanas a la vista, en los que la situación económica puede complicarse.

Os seguiremos informando de las novedades que vayan habiendo en el transcurso de la semana y cómo vemos desde AGL la situación actual a través de los ojos de nuestros clientes, lo que nos permite transmitiros una visión más global y no tan subjetiva de la situación actual.