IVA FRANQUICIADO PARA AUTÓNOMOS Y FACTURA ELECTRÓNICA: LO QUE DEBES TENER EN CUENTA EN 2026

En marzo de 2026 y y casi por sorpresa antes de Semana Santa, han coincidido dos noticias que pueden afectar de forma importante a autónomos y empresas: la posible implantación del llamado IVA franquiciado para quienes facturen menos de 85.000 euros y un nuevo avance en la factura electrónica obligatoria.

Son dos cambios distintos, con calendarios diferentes, y conviene no confundirlos. Te lo explicamos con más detalle a continuación.

 

 

  1. PROPUESTA PARA ELIMINAR LA OBLIGACIÓN DE IVA A AUTÓNOMOS QUE FACTUREN MENOS DE 85.000 EUROS

Durante marzo de 2026 se ha aprobado la Proposición no de Ley para trasponer en España el régimen europeo de franquicia del IVA, que permitiría a pequeños autónomos y negocios con ingresos inferiores a 85.000 euros no repercutir IVA en sus facturas ni presentar las liquidaciones periódicas del impuesto, siempre que finalmente se apruebe en los términos esperados.

Pros del IVA franquiciado

La principal ventaja sería la simplificación administrativa. El autónomo que se acoja a este sistema emitiría facturas sin IVA, con menos carga formal, y dejaría de presentar modelos periódicos como el 303 y el 390.  Podría ser interesante para actividades sencillas y con poco gasto deducible. No obstante deberán seguir llevando los libros contables de ingresos y gastos para el Impuesto sobre la renta, por lo que la simplificación es menor.

También puede ser una medida interesante para autónomos que trabajan sobre todo con clientes particulares, porque al no repercutir IVA su precio final podría resultar más competitivo o al menos no tendrían que ingresar el IVA cobrado. En negocios con poca inversión y pocos gastos corrientes con IVA, esta opción podría tener sentido.

Contras del IVA franquiciado

El gran inconveniente es que, si no repercutes IVA, tampoco podrás deducirte el IVA soportado en tus compras, gastos e inversiones. Por tanto, para actividades con compras relevantes, software, maquinaria, equipos o subcontrataciones, el sistema puede salir caro. No siempre pagar menos trámites significa pagar menos en términos reales.

Además, puede generar problemas en relaciones entre empresas. Si tu cliente es una empresa que normalmente se deduce el IVA, trabajar contigo bajo franquicia puede hacer que tu oferta sea menos atractiva frente a otro proveedor en régimen general. Por eso, aunque la medida puede beneficiar a algunos  autónomos, no será igual de ventajosa para todos.

Otro punto importante es que este régimen exige vigilar muy bien la facturación anual. Si superas el umbral, previsto inicialmente en 85.000 euris, tendrías que salir del sistema y volver a las obligaciones ordinarias de IVA. Eso obliga a mantener un control continuo de ingresos y a planificar bien el crecimiento del negocio.

Nuestra valoración práctica

En principio, esta medida podría ser positiva para algunos autónomos pequeños, pero no conviene verla como una ventaja automática. Si vendes a consumidores finales y tienes poco IVA soportado, puede interesarte. Si trabajas para empresas o soportas bastante IVA en tus gastos, habrá que hacer números antes de optar por este sistema. En cualquier caso habrá que esperar a la letra pequeña para ver si es aplicable.

  1. ENTRADA EN VIGOR DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

Aquí es donde más confusión se está generando. En marzo de 2026 el Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros el real decreto que desarrolla la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. El objetivo declarado es reducir la morosidad, agilizar cobros y pagos y facilitar la gestión empresarial.

La implantación será escalonada y que aún faltan desarrollos técnicos, en particular la orden ministerial que debe concretar aspectos de la solución pública y del sistema de intercambio.

¿Cuándo entrará realmente en vigor?

Las empresas con facturación superior a 8 millones de euros tendrán, con carácter general, un año desde la publicación de la orden ministerial para adaptarse. El resto de empresas y profesionales con facturación inferior a ese importe dispondrán de dos años. Si esa orden llega en 2026, muchos medios sitúan el efecto práctico en 2027 para las grandes empresas y en 2028 para el resto.

Ojo: factura electrónica B2B no es exactamente lo mismo que VERIFACTU

Además, hay que distinguir esta obligación B2B del calendario de los sistemas informáticos de facturación y de VERIFACTU. Cabe recordar que la adaptación de los sistemas de facturación se ha desplazado a 1 de enero de 2027 para sociedades y a 1 de julio de 2027 para autónomos personas físicas.

Por tanto, en 2026 el mensaje es claro: hay avance normativo, pero no una obligación general inmediata para todos desde ya. Lo razonable es revisar el software de facturación, comprobar si tu programa podrá cumplir con los nuevos requisitos y preparar con tiempo el cambio para evitar prisas de última hora.

CONCLUSIÓN

Marzo de 2026 deja dos ideas claras. La primera es que el IVA franquiciado para autónomos de menos de 85.000 euros puede acabar siendo una medida relevante, pero todavía requiere concreción y no siempre será la mejor opción. La segunda es que la factura electrónica obligatoria ya ha dado un paso importante, aunque su aplicación real será gradual y convivirá con otros plazos ligados a VERIFACTU y a los programas de facturación.

Desde AGL te podemos ayudar a valorar si el posible IVA franquiciado te interesa de verdad, a revisar cómo te afecta la factura electrónica y a adaptar tu sistema de facturación con tiempo y forma.