Mediada la campaña de Renta de este año, os indicamos los errores más habituales que hemos detectado en algunas declaraciones presentadas por nuestros clientes en los últimos años y que han originado liquidaciones por parte de Hacienda o declaraciones en la que hemos detectado incidencias o no aplicación de posibles ahorros fiscales. Muchos de ellos tienen que ver con la incorrecta aplicación de desgravaciones relacionadas con la situación personal y familiar o de deducciones fiscales.
Estos son los que consideramos desde AGL los diez errores más frecuentes
1. Incorrecta aplicación de la opción de tributación conjunta en caso de matrimonio. Si bien en la mayoría de casos en la que los dos miembros de un matrimonio tienen ingresos no sale a cuenta presentar declaración conjunta sino dos declaraciones individuales, en ocasiones, con ingresos inferiores a 3.000-5.000 euros de uno de los miembros de la pareja, puede resultar interesante tributar conjuntamente.
2. Incorrecta deducción de mínimo por descendientes por hijos o de la tributación conjunta en caso de parejas separadas o divorciadas que mantiene la guardia y custodia de los hijos. Hay que analizar si uno de los padres puede aplicar declaración conjunta con los hijos, lo que puede suponer un ahorro que puede llegar a ser de unos 800-900 euros anuales, si bien los padres deben acordar cada año quien aplica la tributación conjunta.
3. Presentación de declaración de renta de los hijos menores de 25 años, cuando hubiese resultado más rentable que no hubiesen presentado la declaración y que los padres se lo dedujesen en su declaración. Cada año nos encontramos con algún cliente cuyo hij@ ha presentado anticipadamente la declaración para obtener una devolución mínima cuando hubiese resultado más favorable no presentar esa declaración y deducirlo en la declaración de los padres. Esto ocurre principalmente en caso de ingresos del hijo entre 1.800 y 8.000 euros anuales.
4. Incorrecta o no aplicación de deducciones por alquiler, ya sea la estatal o la catalana. Son deducciones que en la mayoría de supuestos no son aplicables pero que en determinados casos, en función de la edad, ingresos, antigüedad del contrato y situación personal del declarante, puede aplicarse.
5. Cálculo incorrecto del rendimiento de capital inmobiliario por alquiler por falta de inclusión de determinados gastos, cálculo de la amortización o aplicación incorrecta de reducciones por arrendamiento de vivienda habitual. Al respecto hay que tener en cuenta que Hacienda tiene cada vez más datos para calcular las amortizaciones, que tienen unos límites especialmente en caso de inmuebles heredados o recibidos en donación.
6. No aplicación de determinadas deducciones en actividades empresariales o profesionales como el pago de seguros médicos, con el límite general de 500 euros por persona y año o la reducción del 20% del rendimiento en el caso de estar en los dos primeros años de actividad.
7. Indicación incorrecta de los importes por anualidad por alimentos para los hijos o de las pensiones compensatorias para la expareja, que tienen un tratamiento fiscal diferente.
8. Aplicación incorrecta de las deducciones por adquisición de vivienda habitual por pago de hipoteca, especialmente en el caso de refinanciaciones o compra de parte de la vivienda tras la desaparición de la deducción.
9. No deducción de determinados gastos deducibles en el rendimiento del trabajo como las cuotas de autónomos, los sindicatos o los colegios profesionales obligatorios.
10. No inclusión de rentas obtenidas en el extranjero que, con carácter general, deben tributar en España, al gravarse lo que se llama la renta universal, es decir la obtenida en cualquier otro país, deduciendo total o parcialmente los pagos de impuestos realizados en su país.
Si bien muchas de las declaraciones de renta son sencillas y podéis presentarlas directamente a través de la web de la Agencia Tributaria, en caso de situaciones familiares complejas o con ingresos diferentes a otros años, os aconsejamos confiar en un experto fiscalista para preparar vuestras declaraciones.
Esto es especialmente importante en la renta de 2020, en la que ha habido variaciones respecto años anteriores, por ingresos por subvenciones, prestaciones para autónomos derivadas del Covid o cobro de prestaciones de desempleo por ERTEs, en muchas ocasiones con incidencias.
En caso de que quieras que os preparemos la declaración de renta de 2020, podéis poneros en contacto con nosotros.