NOVEDADES DEL REAL DECRETO LEY 8/2019: MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN SOCIAL Y LUCHA CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL

NOVEDADES DEL REAL DECRETO LEY 8/2019: MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN SOCIAL Y LUCHA CONTRA LA PRECARIEDAD LABORAL


NOVEDADES DEL REAL DECRETO LEY 8/2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo

 


Obligación de registro de jornada

La empresa deberá garantizar el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de jornada de cada trabajador (tanto jornada a tiempo parcial como jornada completa).

La empresa conservará los registros durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Esta obligación de registro entrará en vigor el 12 de mayo de 2019 y su incumplimiento constituirá infracción grave de la empresa, sancionable con multa de 626 a 6250 Euros.


Medidas de fomento de empleo indefinido

A) Bonificación a la contratación indefinida de desempleados de larga duración inscritas al menos 12 meses en los 18 anteriores a la contratación:

*    108,33 euros/mes durante 3 años.

*    125 euros/mes durante 3 años, cuando los contratos se concierten con mujeres, todo ello de con sujeción a los siguientes requisitos:

      *    Que se mantenga en el empleo al trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral.

      *    Que se mantenga el nivel de empleo alcanzado con el contrato bonificado durante, al menos, 2 años desde la celebración de aquél.

Si el contrato de trabajo se celebra a tiempo parcial, las bonificaciones se aplican de manera proporcional.

B) Medidas de apoyo a la prolongación de periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados con la actividad turística.

La empresas referidas que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre de cada año y que inicien o mantenga de alta durante dichos meses la ocupación de los fijos discontinuos, podrán aplicar durante dichos meses una bonificación del 50% en las cuotas empresariales por contingencias comunes, desempleo, fondo de garantía salarial y Formación Profesional.


Nuevas medidas de protección social

*     Se recupera el derecho al subsidio por desempleo, reduciéndose la edad de acceso de 55 a 52 años, ampliando su duración y facilitando su acceso.

*     Se mejoran las cuantías de las prestaciones familiares.

*     Se incrementan las cuantías mínimas de la pensión por incapacidad permanente total para menores de 60 años.


Quedamos a tu disposición para cualquier duda o aclaración.