Empezamos el año con novedades fiscales, algunas incluidas en la Ley de Presupuestos de 2022 y otras en diferentes normativas aplicadas recientemente.
Os hemos preparado un resumen para que las tengáis presente:
Las principales novedades en el ámbito fiscal son las siguientes:
* Limitación a 1.500 euros del importe máximo deducibles en aportaciones a planes de pensiones (antes 2.000). Este importe se podrá incrementar en 8.500 euros siempre que el incremento provenga de contribuciones empresariales o aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social.
* Nueva ayuda de hasta 100 euros mensuales para las familias que reciben el Ingreso Mínimo Vital, familias formadas por dos adultos y un niño con ingresos de hasta 27.000 euros, así como familias con dos niños y dos adultos con ingresos totales de hasta 32.100 euros. Este nuevo complemento también podrá ser solicitadas por unidades familiares monoparentales con un hijo a cargo y hasta 25.700 euros de ingresos, así como aquellas también monoparentales con dos niños a cargo y que ingresen hasta 30.800 euros anuales.
* En el impuesto de sociedades se establece una cuota líquida mínima del 15% de la base imponible minorada para empresas o grupos consolidados cuya cifra de negocios sea superior a 20 millones de euros, con el objetivo de que la aplicación de determinados incentivos fiscales no minore excesivamente la cuota a pagar por las grandes empresas.
* En la declaración Intrastat, se introduce la obligatoriedad de informar del EORI de los clientes en las declaraciones de entregas intracomunitarias. La declaración Intrastat es obligatoria para las empresas que superan los 400.000 euros en adquisiciones o entregas comunitarias.
Recordad también que en enero hay que verificar determinados aspectos que determinarán vuestra fiscalidad en 2022, como p.e. si has superado por primera vez o has dejado de facturar 6 Millones de euros, que es el límite para ser considerado Gran Empresa a efectos tributarios, que supone tener que presentar declaraciones mensuales de IVA, retenciones, etc. y estar incluido en el SII.
Recuerda también, que si en 2021 superaste el millón de euros de facturación, en 2023 tendrás que pagar IAE en caso de ser una sociedad.
Confiando que tengas un gran 2022, quedamos a tu disposición para cualquier consulta.