NUEVAS MEDIDAS ECONÓMICAS RD 11/2020

NUEVAS MEDIDAS ECONÓMICAS RD 11/2020

Justo el mismo día en que se cargaban en las cuentas bancarias las cuotas de autónomos y Seguros Sociales, el Consejo de Ministros adoptó una serie de medidas, entre ellas la moratoria y aplazamiento en el pago de estas cuotas. Te lo explicamos a continuación.


Las medidas principales, publicadas en el BOE en el día de hoy, son las siguientes:

*     Moratoria de seis meses sin intereses en el pago de las cuotas de autónomos y Seguridad Social. En el caso de empresas será para los meses de abril a junio y en el caso de los autónomos de mayo a julio.

*     Estas solicitudes de moratoria deberán realizarse por medios telemáticos en el plazo de diez días desde el inicio del mes de devengo de los Seguros Sociales o cuotas de autónomos.

*     El procedimiento y requisitos para la solicitud de esta moratoria se detallarán en una Orden Ministerial pendiente de publicación. 

*     Esta medida no será aplicable a las empresas acogidas a ERTEs.

*     Posibilidad de solicitar aplazamiento para las cuotas de autónomos de abril a junio y las cuotas de Seguridad Social de marzo (a pagar en abril) a mayo. Dicha solicitud se debe solicitar antes del día 10 del mes que corresponda y devenga un interés del 0,5% anual.

*     Posibilidad de suspender en determinados casos el pago de suministros en locales afectos a la actividad de autónomos (no válidos para afectaciones parciales o vivienda habitual)

Aparte de estas medidas en el ámbito empresarial, las otras medidas aprobadas son las siguientes:

*     Suspensión del lanzamiento (desahucio) para hogares vulnerables y la prórroga extraordinaria en los contratos de arrendamiento de vivienda habitual.

*     Aplazamiento o reducción de las cuotas de alquiler de personas en situación de vulnerabilidad económica, en caso de que el propietario sea una empresa o entidad pública o gran tenedor (más de 10 inmuebles)

*     Apertura de un programa de Ayudas al alquiler para inquilinos en situación de vulnerabilidad.

*     Moratoria de deuda hipotecaria tanto para la vivienda habitual como para autónomos, empresarios o profesionales respecto a los inmuebles afectos a su actividad económica.

*     Ampliación del colectivo al que es aplicable el bono social para determinados suministros.

*     Aprobación de un subsidio extraordinario para las empleadas de hogar.

*     Posibilidad de disponer de planes de pensiones en caso de personas afectadas económicamente por la situación actual (por encontrarse en ERTE, autónomos obligados al cierre del local o que hubiesen cesado su actividad, etc.)

*     Aprobación de un subsidio de desempleo para personas trabajadoras cuyo contrato finalice después del Estado de Alarma y no tenga derecho a prestación por desempleo.

En relación a la medida más importante, la moratoria al pago de cuotas de autónomos y Seguridad Social, estamos a la espera de la publicación de la Orden Ministerial que desarrolle el procedimiento para su solicitud, que deberá realizarse antes del día 10 de cada mes.

El resumen de la situación sería por tanto:

 

Autónomos:

 

Mes de abril: posibilidad de pedir aplazamiento, con interés del 0,5%. Deberá solicitarse antes del día 10 de abril.

Meses de mayo a julio: posibilidad de pedir moratoria de seis meses. Deberá presentarse antes del día 10 de cada mes.

 

Empresas:

 

Mes de marzo (a pagar en abril): posibilidad de pedir aplazamiento, con interés del 0,5% Deberá solicitarse antes del día 10 de abril

Meses de abril a junio: posibilidad de pedir moratoria de seis meses. Deberá presentarse antes del día 10 de cada mes.

En cualquier caso, el solicitante deberá estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La moratoria no será aplicable a las empresas acogidas a ERTEs.

 

Os informaremos en cuanto sea publicada la Orden Ministerial que desarrolla el procedimiento para la solicitud.

Quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta que pueda surgir al respecto de estas medidas.