¿Qué necesito saber para crear mi empresa?

¿Qué necesito saber para crear mi empresa?

El proceso de constituir una nueva sociedad ó crear mi empresa es una tarea difícil, no por ser un proceso complejo, sino por ser una tarea laboriosa.

Podemos darle apoyo con esta sencilla guía, aunque siempre puede acudir o pedir hora a nuestro despacho en Gran Vía Carlos III número 51 y/o llamándonos al 93 339 00 04. Contáctenos

Nuestra recomendación es que cualquier proyecto emprendedor cuente siempre con asesoramiento profesional contable y fiscal, sobretodo al inicio. Y si tiene trabajadores el área laboral le evitará mucho tiempo de trámites.

Lo primero que debe hacerse es un Plan de Empresa, un documento donde se dejará reflejado el tipo de forma jurídica, definición de la actividad/es a desarrollar, planificación global a corto y a largo plazo, valoración de riesgos en base a la capacidad financiera, la viabilidad del negocio, estudio de mercado, opciones de financiación externa para emprendedores y PYME, además de las distintas modalidades de contratación, así como el convenio al que acogerse.

Para determinar la forma jurídica deberá tener en cuenta una serie de factores: número de socios, cuantía del capital social y la responsabilidad frente a terceros.

Deberá definir la actividad a desarrollar para posteriormente plasmar esa información en el modelo 036 (persona jurídica o física) o 037 (versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar casi todos los autónomos) que es una declaración censal a título informativo, y que por tanto no conlleva pago alguno, en la que se indica los datos personales de la empresa o de la persona autónoma, la actividad que se va a realizar, ubicación del negocio o de la actividad profesional y el régimen fiscal por el que opta, general o simplificado.

Se deberá dar de alta el Impuesto sobre actividades Económicas (IAE). Es una tasa que certifica el ejercicio de la actividad profesional con la finalidad de clasificar las actividades empresariales y profesionales a través de un código llamada “epígrafe de la actividad”.

Este impuesto solo debe pagarse en caso de facturar más de 1.000.000€ al año, por lo que casi todos los autónomos están exentos de presentarlo. Pero si es necesario darse de alta en él en el momento de darse de alta como autónomo aunque no llegue a generar la cuantía estipulada.

El alta se realizada mediante el modelo 840 por internet o en las oficinas de la Agencia Tributaria (AEAT).

Una vez tengamos el alta censal podemos darnos de alta como autónomo: Afiliación y alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) mediante el modelo TA 0521.

Documentación a presentar:

• DNI. o NIE

• Alta en el censo de profesionales, modelo 037 (el paso 1 anterior)

• Alta en el Impuesto de Actividades Económicas, modelo 840 (el paso 1 anterior)

• Si se ha trabajado por cuenta ajena con anterioridad, también se debe presentar su  tarjeta de afiliación a la Seguridad Social.

• Los profesionales que estén obligados a estar colegiados para ejercer su actividad deben presentar el Certificado del colegio profesional correspondiente.

Crear Empresa en Barcelona
Como crear una empresa en Barcelona

En el momento del alta cada individuo definirá su base de cotización (generalmente la mínima) y las coberturas por las que se cotiza. Hay que tener en cuenta que para realizar actividades de mayor riesgo, como en buena parte del sector de la construcción, es obligatorio cotizar por contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Si se desea ampliar las coberturas para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y cese de actividad, podrá solicitarlo y supondrá un 2,2% adicional de cotización. Hemos podido detallar lo necesario para que puedas crear tu empresa.

Observaciones:

Hay un plazo de 30 días desde la comunicación de inicio de actividad en la Agencia Tributaria hasta la solicitud de alta como autónomos en la Tesorería General de la Seguridad Social.