REGISTRO DE JORNADA LABORAL Y REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL A 37,5 HORAS SEMANALES

Os queremos informar de dos temas que van a cambiar durante los próximos meses y que debéis tener en cuenta:

1. Registro de Jornada – Obligatorio por medios electrónicos

Cuando se apruebe por el Gobierno, el registro diario de jornada laboral deberá realizarse exclusivamente mediante medios electrónicos o telemáticos, quedando expresamente prohibido el uso de registros en papel.

Esto implica que:

– El sistema debe registrar la hora real de inicio y finalización de la jornada, así como las pausas diarias significativas (por ejemplo, para la comida).
– Los datos deben conservarse durante 4 años y estar disponibles para una posible inspección.
– El sistema debe garantizar veracidad, trazabilidad y accesibilidad.

Llegado el momento, desde AGL podremos asesorarte en la elección e implantación del sistema más adecuado para su empresa.

2. Reducción progresiva de la jornada laboral a 37,5 horas semanales

Según lo establecido en la reforma laboral impulsada por el Gobierno, se implantará de forma progresiva la reducción de la jornada máxima legal, que pasará a ser de 37,5 h. Estamos a la espera de su aprobación para poder informaros con más detalle, pero os adelantamos que esta medida será de aplicación obligatoria, salvo que el convenio colectivo o acuerdo de empresa establezca una jornada inferior.

Os mantendremos informados de cualquier sobre estos importantes temas.