Si bien una gran parte de los autónomos cotizan por la llamada “base mínima”, nos permitimos recordarte la posibilidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos hasta 31 de octubre, con efectos de 01/01/2018.
La base de cotización es la cuantía a partir de la cual se calcula no solo la pensión de jubilación, sino también las bajas (por enfermedad, maternidad, etc), por lo que es importante que analices la situación personal para determinar si te interesa y puedes cotizar por una base superior a la mínima.
Adjuntamos, a título de ejemplo, escala comparativa con algunas opciones (importes vigentes en 2017 y que pueden cambiar para 2018):
Debe tenerse presente que en caso de no haber optado por una base de cotización superior a 2.023,50 euros en la edad límite de 47-48 años, con posterioridad no se podrá aumentar la base de cotización por encima de ese importe, por lo que especialmente los autónomos que están en esa franja de edad tienen que decidir si elevar su base de cotización de cara a obtener una mejor jubilación.
A efectos de tomar una decisión, si bien es casi ciencia ficción saber cómo estará el sistema de pensiones a un plazo de 20-25 años, sí se puede vislumbrar dos tendencias:
– En el momento de la jubilación en la mayoría de casos el período para el cálculo de la pensión se tendrán en cuenta las bases de los últimos 25 años y, a largo plazo, es probable que toda la vida laboral, por lo que hay que plantearse incrementar la base a partir de los 40 años o antes incluso.
– Las pensiones se irán recortando de manera gradual, especialmente las más elevadas, quizás no a nivel nominal pero sí a nivel real, ya que tal como ya ha pasado en este año la inflación será superior a la subida de la pensión (0,25% de acuerdo con los cambios en el sistema de pensiones aprobado en los últimos años).
En estos momentos, especialmente para aquellos que estén a bastantes años de la jubilación, es complicado dar un consejo sobre la base de cotización a elegir, pero aconsejamos cotizar, en la medida de las posibilidades económicas personales, por una base superior a la mínima para tener derecho a una pensión que nos permita tener una cuantía acorde con nuestras necesidades en el futuro.
En otro post hablaremos de las alternativas al aumento de la base de autónomos, como sería el caso de aportar a planes de pensiones, si bien son productos totalmente diferentes.
Asimismo, te recordamos la obligatoriedad que tienen los autónomos de darse de alta en el sistema de notificaciones electrónicas de la Seguridad Social, para lo cual es necesario un certificado digital o DNI electrónico.
De estar interesad@ en modificar tu base de cotización, deberías contactar con nosotros antes del 25 de octubre.