La próxima semana finaliza el plazo para solicitar las nuevas ayudas para autónomos, para los meses de junio a septiembre.
Dadas las consultas que nos habéis planteado en los últimos días y en ocasiones la dificultad de interpretar la normativa, os explicamos algunos puntos importantes a tener en cuenta ya que en muchos casos pueden impedir optar a las prestaciones por no tener tiempo suficiente cotizado en el apartado de “cese de actividad”.
El principal problema que nos estamos encontrando es el requisito de que el autónomo tenga cotizado un período suficiente por cese de actividad. La cuota de autónomos se compone de varios apartados, entre ellos la cotización por cese de actividad, asimilable a la cotización por desempleo en régimen general. Hasta 2019 cotizar por esta contingencia era voluntario en casi todos los casos, optando la mayoría de autónomos por no hacerlo dada la complejidad para poder obtener esa prestación por cese de actividad, básicamente la existencia de pérdidas durante un período prolongado y el criterio restrictivo de la Administración para concederlo.
En consecuencia, la mayoría de autónomos tienen un período de cotización por cese de autónomos, por un período de dos años, desde 2019. Eso daría derecho a una prestación por cese de actividad de ocho meses. El problema es que si se han solicitado las dos últimas ayudas de autónomos habrán consumido esos ocho meses de posible prestación.
La alternativa es solicitar una prestación menor, el 50% de la base reguladora en lugar del 70%, con el inconveniente de que es incompatible con la percepción de remuneraciones por la sociedad, en caso de autónomos societarios.
Hay que recordar que adicionalmente y aparte de otros requisitos se tiene que cumplir la existencia de una disminución de la facturación del segundo y tercer trimestre de 2021, según indica la normativa:
* Para el primer caso (prestación del 70%) esta facturación ha de ser inferior al 50% de la facturación del mismo período de 2019.
* Para el segundo caso (prestación del 50%) ha de ser inferior a la del primer trimestre de 2020.
Para aquellos autónomos que no puedan optar a estas prestaciones, pero sí las hubiesen obtenido en el período anterior están previstas unas bonificaciones en las cuotas de autónomos para los próximos cuatro meses.
Si tenéis alguna duda sobre si podéis solicitar estas ayudas no dudéis en contactar con nosotros.